Cantabria defiende la constitucionalidad de la “pasarela” para agilizar el reconocimiento de la discapacidad y reducir demoras

El Gobierno autonómico pide al Gobierno de Sánchez que no suspenda las medidas introducidas por Cantabria para responder con más rapidez a las personas en situación de discapacidad
Desde la lealtad institucional, Cantabria solicita que las soluciones que reducen burocracia no se vean frenadas por la judicialización
Santander.-24.12.2025
El Gobierno de Cantabria ha defendido hoy la constitucionalidad de las denominadas “pasarelas” entre dependencia y discapacidad incluidas en la Ley 2/2025, de 2 de abril, de Simplificación Administrativa, y ha lamentado la decisión del Gobierno central de recurrir ante el Tribunal Constitucional una medida orientada a simplificar trámites y acortar plazos para personas que ya han sido reconocidas como dependientes y esperan el reconocimiento de la discapacidad.
La consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, Begoña Gómez del Río, ha defendido que la política social debe centrarse en mejorar los resultados, con “menos espera y una administración que acompañe a las familias, no que las desgaste con trámites”.
Ha subrayado que el objetivo de la norma es “evitar demoras añadidas en procedimientos ya de por sí complejos, especialmente para quienes se encuentran en una situación vulnerable y de necesidad, mediante una tramitación más ágil y coordinada entre ambos ámbitos administrativos.”
La titular de Inclusión Social ha recordado que el nuevo baremo que se aprobó en 2023 provocó “retrasos relevantes en la valoración de la discapacidad debido al establecimiento de un procedimiento mucho más complejo”, lo que motivó que diferentes comunidades autónomas solicitaran al Gobierno central, en órganos de cooperación interadministrativa, la regulación de estas ‘pasarelas’ desde la dependencia a la discapacidad o la introducción de medidas generalizadas de agilización. Sin embargo, al no regularse nada al respecto de forma generalizada, Cantabria introdujo esta medida.
Una medida garantista, sin invadir competencias del Estado
Cantabria sostiene que la previsión incluida en la Ley 2/2025 no vulnera competencias estatales, ya que establece una presunción de equivalencia entre grados de dependencia y discapacidad únicamente cuando, transcurrido el plazo máximo para resolver, no se ha dictado resolución expresa.
En cualquier caso, la norma autonómica no impide que se aplique el baremo estatal a quienes lo soliciten y recalca que, en última instancia, el grado de discapacidad que corresponda se determinará conforme a la normativa básica estatal aplicable.
La Ley 2/2025 incorporó estas presunciones para las personas que, a la entrada en vigor de la norma, ya tuvieran reconocida la dependencia y estuvieran esperando el reconocimiento de la discapacidad, “poniendo en relación ambos procedimientos para facilitar una tramitación más ágil”.
“Como se ha indicado la normativa cántabra establece ‘presunciones’, se trata de una ‘orientación’, sin perjuicio de lo que resulte de la aplicación del baremo establecido en la normativa básica estatal aplicable, que será el que, en última instancia determine el grado de discapacidad que en cada caso ha de reconocerse”, ha precisado la consejera, que ha insistido en que se trata de “una serie de presunciones mínimas que podrían resultar aplicables una vez valorada la concurrencia de un grado de dependencia, siempre que no contradigan lo que resulte de la aplicación del baremo y, en todo caso, sin perjuicio de lo que resulte la misma”.
Así, según lo previsto en la ley, a aquellas personas que, a la fecha de su entrada en vigor, tengan reconocida la situación de dependencia, y hayan solicitado, pero no resuelto, el reconocimiento del grado de discapacidad, se les aplicará, con carácter general, las siguientes equivalencias:
- Grado de dependencia I: grado de discapacidad del 33%, como mínimo.
- Grado de dependencia II: grado de discapacidad del 66%, como mínimo.
- Grado de dependencia III: grado de discapacidad del 80%, como mínimo.
Dichas equivalencias se aplicaban igualmente a aquellas personas que, teniendo reconocida la situación de dependencia, solicitaran, con fecha posterior a la entrada en vigor de la ley, el reconocimiento del grado de discapacidad, y transcurridos seis meses -plazo máximo normativamente establecido- no hayan recibido la notificación de resolución expresa.
Resultados en 2025: seis meses menos de demora
La consejera de Inclusión ha explicado que, con la aplicación de las pasarelas entre otras medidas, se ha conseguido reducir en seis meses la demora en el reconocimiento de la discapacidad a lo largo de 2025 y recuerda que “el debate debe centrarse en cómo reducir esperas y mejorar la atención a las personas, evitando que las medidas orientadas a la simplificación se traduzcan en más incertidumbre para los ciudadanos”.
“Cualquier debate político debe situar a las personas en el centro. Lo prioritario es consolidar avances y evitar pasos atrás en la agilidad y la atención social”, ha defendido Gómez del Río.
