El BOC publica el decreto que regula las ayudas para fomentar el empleo de las personas con discapacidad en el mercado laboral

La Consejería de Empleo incrementa estas subvenciones del Servicio Cántabro de Empleo, al pasar de 3.900 euros a 7.800 euros en algunos casos
Santander- 20.11.2025
El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado hoy el decreto de la Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio por el que se regula el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas al fomento del empleo de las personas con discapacidad en el mercado ordinario.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las empresas, personas trabajadoras autónomas y mutualistas de colegio profesional, así como las entidades privadas sin ánimo de lucro del mercado de trabajo ordinario.
Las actuaciones subvencionables será la contratación indefinida de personas con discapacidad o su incorporación como socios o socias trabajadoras a cooperativas o sociedad laborales; la transformación en indefinido de contratos de duración determinada, temporales y formativos suscritos con personas trabajadoras con discapacidades, y el tránsito de personas trabajadoras con discapacidad desde el empleo en los centros especiales de empleo al empleo en empresas del mercado ordinario, especialmente a través de los enclaves laborales.
A estos efectos, las personas con discapacidad contratadas deberán estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo y servicios en situación de no ocupadas en el Servicio Cántabro de Empleo (EMCAN) el día inmediatamente anterior a la fecha de contratación como indefinido.
Una inscripción que no será exigible en los supuestos de tránsito desde el mercado de trabajo protegido a la empresa ordinaria.
En cualquier caso, la contratación deberá suponer un incremento neto de plantilla.
Además, las empresas beneficiarias de estas subvenciones están obligadas a mantener el empleo de las personas con discapacidad contratadas por un periodo de tres años.
En cuanto a la cuantía de la subvención, esta norma supone un salto cualitativo importante a la hora de estimular la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario, al pasar de otorgar la cantidad de 3.907 euros por la contratación de una persona a jornada completa a 7.000 euros con carácter general; 7.500 euros si la persona a la que se le realiza la contratación es mayor de 45 años; 7.500 si la persona a la que se le realiza la contratación es mujer, y 7.800 euros si la persona contratada es mujer y mayor de 45 años.
Las solicitudes de subvención, acompañadas de la documentación establecida en la norma reguladora, se formularán en el modelo oficial, que puede conseguirse en la página web del Servicio Cántabro de Empleo (www.empleacantabria.es) o en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria (www.sede.cantabria.es), debiendo ser dirigidas a la Dirección General del Servicio Cántabro de Empleo y presentadas a través de cualquier de los medios electrónicos permitidos por la actual normativa.
La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de un mes a contar desde el inicio del contrato o su conversión en indefinido.
El consejero de Industria, Empleo, Innovación y Comercio, Eduardo Arasti, ha explicado que el objetivo de estas ayudas es lograr la integración laboral de las personas con discapacidad mediante la contratación indefinida, «estimulando la contratación de carácter indefinido, así como facilitar el tránsito desde el empleo protegido al empleo ordinario mediante los enclaves laborales».
Teniendo en cuenta la evolución en los últimos años del mercado de trabajo en Cantabria, el consejero ha considerado oportuno adaptar las subvenciones a la contratación laboral a la nueva situación, «incentivando la mejora en la calidad y estabilidad del empleo que se genera e impulsando la contratación de carácter indefinido».
En este sentido, ha puesto en valor el programa de inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo a la hora de impulsar su acceso al mercado de trabajo y el logro de un empleo estable y de calidad.
