La Justicia mantiene por ahora los servicios mínimos de la huelga sanitaria en Cantabria

 La Justicia mantiene por ahora los servicios mínimos de la huelga sanitaria en Cantabria

El TSJC rechaza suspender el decreto al considerar más grave dejar sin protección a los pacientes que un posible exceso de cobertura mínima

Santander, 11 de diciembre de 2025.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha desestimado la petición del Sindicato Médico de Cantabria de suspender el decreto que fija los servicios mínimos durante la huelga sanitaria convocada entre el 9 y el 12 de diciembre.

En un auto dictado y notificado hoy, el tribunal señala que la suspensión total de los efectos del decreto, tal y como solicitaba el sindicato, “se traduciría en la práctica en dejar a la huelga sin servicios mínimos”, un escenario que califica como “absolutamente más perjudicial que una fijación de servicios mínimos excesiva”.

La Sala subraya que en este procedimiento se enfrentan dos derechos fundamentales: por un lado, el derecho a la huelga, y por otro, el derecho a la vida y a la integridad física de los ciudadanos. En este contexto, afirma que la necesidad de garantizar una actividad sanitaria “indispensable” que evite “un perjuicio no reparable para los derechos e intereses de los ciudadanos” resulta “incompatible con la supresión total de los servicios mínimos fijados”.

El tribunal apunta, además, que el Sindicato Médico no ha planteado una modificación o sustitución de los servicios mínimos por otros alternativos, sino su suspensión total, y recuerda que la Sala no puede rediseñar de oficio el contenido de la medida cautelar solicitada.

Aunque no entra en el fondo del asunto –que se resolverá en una fase posterior–, la Sala avanza que, a priori, “tampoco entendemos fundada la calificación de excesivos de los servicios mínimos” y añade que el decreto impugnado “de forma categórica da más de una justificación a los servicios fijados”.

Una decisión urgente y provisional
En su resolución, el TSJC reconoce la urgencia de la petición, pero recuerda que el decreto es de fecha 4 de diciembre y que la huelga comenzaba el día 9, mientras que la solicitud de suspensión cautelar no llegó al tribunal hasta el 10 de diciembre. Pese a ello, la Sala ha resuelto en menos de 24 horas “para que el auto pueda tener efectos, al menos, en la última jornada de huelga”.

La decisión es, en todo caso, provisional, ya que se ha adoptado sin escuchar todavía ni al Gobierno de Cantabria –autor del decreto– ni al Ministerio Fiscal, que debe intervenir siempre en los procedimientos donde se debaten derechos fundamentales.

Por ello, la Sala ha citado a todas las partes a una comparecencia el próximo lunes 15 de diciembre, a las 9.30 horas, con el objetivo de escuchar sus argumentos y revisar entonces la medida hoy adoptada, lo que abre la puerta a que la decisión pueda ser confirmada o modificada tras esa vista.

El Cantabro

Noticias Relacionadas

Dejanos tu Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *