La Justicia avala la Zona de Bajas Emisiones de Torrelavega y tumba los recursos de Salvar Torrelavega
- Torrelavega Tribunales
El Cantabro- 10 de febrero de 2026
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El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria recuerda que la ZBE es obligatoria en ciudades de más de 50.000 habitantes y valida la ordenanza municipal
En dos sentencias dadas a conocer este martes, el tribunal resuelve los procedimientos presentados contra la delimitación de la ZBE, aprobada por el Ayuntamiento de Torrelavega en marzo de 2024, y contra la ordenanza municipal que la regula, de julio del mismo año. Ambos fallos, que no son firmes y pueden ser recurridos ante el Tribunal Supremo, coinciden plenamente en sus fundamentos.
La ZBE no es una opción, es una obligación legal
La Sala subraya de forma reiterada que “la implantación de una Zona de Bajas Emisiones no es una opción para los municipios de más de 50.000 habitantes”, recordando que la normativa estatal obliga a su establecimiento con independencia de que se superen o no determinados índices de contaminación, requisito que solo afecta a ciudades de más de 20.000 habitantes.
En este sentido, el tribunal recalca que tampoco existe margen de decisión municipal respecto a la imposición de limitaciones y restricciones en la ZBE, ya que forman parte inseparable de su implantación.
Restricciones sí, pero con excepciones
No obstante, la Sala aclara que la ZBE no implica una prohibición absoluta del acceso, la circulación o la actividad económica, sino que restringe el acceso de determinados vehículos a motor en función de sus emisiones contaminantes. El tribunal advierte que la demanda parte de una interpretación errónea al presentar la ZBE como un espacio totalmente vetado.
Para valorar la proporcionalidad de las medidas, insiste la sentencia, es imprescindible poner en relación las restricciones con las excepciones previstas en la ordenanza, algo que —señala— la asociación demandante “obvia total y absolutamente”.
Entre esas excepciones, destaca que los vehículos sujetos a restricciones pueden acceder hasta 24 veces al año, o hacerlo sin límite si estacionan en aparcamientos públicos durante más de 15 minutos. Además, pueden circular sin restricciones, previa inscripción en el registro correspondiente, residentes, vehículos de servicios públicos, usuarios de garajes con vado, vehículos para personas con movilidad reducida o vehículos históricos.
Informes técnicos frente a opiniones subjetivas
La Sala analiza de forma pormenorizada los expedientes municipales y concluye que el Ayuntamiento sí realizó un estudio técnico completo, que evalúa alternativas, justifica una delimitación mínima de la ZBE y tiene en cuenta factores como el transporte público, la accesibilidad peatonal, el impacto por edades, nivel de renta, género y afección a los negocios existentes.
Frente a ello, el tribunal considera que la demanda de Salvemos Torrelavega “solo contiene meras opiniones subjetivas”, sin aportar datos objetivos que desvirtúen los informes técnicos ni sus conclusiones, tampoco en lo relativo a un supuesto déficit de estudio económico o presupuestario.
Condena en costas
Como conclusión, el TSJC no aprecia defectos formales ni materiales en la implantación de la ZBE y condena en costas a la asociación Salvemos Torrelavega, fijando un máximo de 1.500 euros por cada procedimiento.
Con estas resoluciones, la Justicia respalda la actuación municipal y refuerza el marco legal que obliga a las grandes ciudades a avanzar hacia modelos de movilidad urbana más sostenible.
