Abierto el plazo para solicitar un huerto urbano de la Red Municipal de Huertos Sostenibles
El alcalde, Javier López Estrada; y la concejal de Medio Ambiente, Patricia Portilla; han informado de la apertura del plazo de presentación de solicitudes para optar a uno de los 125 huertos urbanos que forman la Red Municipal de Huertos Sostenibles. Las personas interesadas pueden presentar sus solicitudes hasta el próximo 24 de diciembre.
La Red Municipal de Huertos Sostenibles se creó en 2015 y cuenta con 125 huertos urbanos distribuidos en dos parcelas: 94 en Sierrapando y 31 en Coteríos, cerca del campus universitario.
Esta iniciativa, han indicado, tiene un carácter eminentemente social y están definidos por la sostenibilidad en cuanto a su gestión. “Busca ofrecer una alternativa ocupacional, favorecer las relaciones intergeneracionales, promover una vida saludable, y fomentar el respeto por el medio ambiente y la sostenibilidad, como en ediciones anteriores las técnicas utilizar para el cultivo de los huertos ecológicos se basan en la agricultura ecológica”.
Características de los huertos urbanos
Respecto a las características de los huertos, ha señalado que están destinados exclusivamente al autoconsumo, la agricultura ecológica será la única técnica permitida, y se podrán cultivar hortalizas, plantas aromáticas, flores comestibles y otras especies hortícolas. Queda prohibida la venta de los productos cultivados, así como el uso de organismos genéticamente modificados o especies arbóreas.
Además, por primera vez, los agricultores actuales tendrán prioridad para continuar cultivando las parcelas que ya utilizan, y tres parcelas se reservarán para entidades sociales que deseen desarrollar proyectos relacionados con el cultivo sostenible.
BASES REGULADORAS
Algunos de los aspectos que recogen las bases son los siguientes:
Las autorizaciones municipales de uso que se concedan como consecuencia de este procedimiento tendrán una vigencia máxima de 3 años.
Requisitos:
a) Ser mayor de edad
b) Estar empadronado y residir efectivamente en el municipio de Torrelavega, al menos un (1) año antes de la fecha de publicación de estas bases en el Boletín Oficial de Cantabria.
c) Estar físicamente capacitado para realizar las labores agrícolas o cualquier otro tipo de actividad que se lleve a cabo en los huertos sostenibles.
d) No ser titular, la persona solicitante o cualquier otro miembro de la unidad familiar, de una autorización de uso de una parcela de huertos municipales (…)
Circunstancias singulares a efectos de valoración:
a) Llevar más de 1 año desempleados
b) Ser víctima de violencia de género.
c) Ser jubilados o con incapacidad permanente para el trabajo.
d) Obtención de una valoración positiva en la evaluación sobre el uso y el buen estado de huertos adjudicados en convocatorias anteriores.
e) Haber realizado previamente cultivo de hortalizas, y/o de plantas aromáticas, y/o de flores de uso hortícola o comestibles.
f) Ingresos mensuales del solicitante inferiores 2.001 €/mes (dos mil y un euros/mes).
g) Tener a su cargo una persona en situación de dependencia o con discapacidad igual o superior al 33%.
h) Persona con discapacidad igual o superior al 33%
Para la baremación de las solicitudes de personas físicas presentadas a la presente convocatoria, la comisión utilizará los siguientes criterios:
a) las personas en situación legal de desempleo obtendrán: 3 puntos.
b) Las personas víctimas de violencia de género obtendrán: 3 puntos
c) Cuando el solicitante sea jubilado, o sea una persona con incapacidad permanente absoluta para el trabajo: 3 puntos.
d) Según los ingresos mensuales del solicitante se asignarán los siguientes puntos:
Las personas perceptoras de Renta Social Básica o Ingreso Mínimo Vital:
4 puntos
Las personas que no sean perceptoras de Renta Social Básica o Ingreso
Mínimo Vital:
▪ Hasta 1.325,00 €/mes (mil trescientos veinticinco euros/mes):
3 puntos.
▪ Hasta 2.000,00 €/mes (dos mil euros/mes): 1 punto
A partir de 2.001,00 euros/mes (dos mil y un euros/mes) o en el caso de que no se acrediten los ingresos: cero puntos
e) Por cada persona a su cargo en situación de dependencia o con discapacidad superior al 33 por 100: 3 puntos.
f) Por la experiencia previa:
▪ En el cultivo de huertos municipales sostenibles de Torrelavega: 4 puntos.
▪ En el cultivo de otros huertos o cultivos: 1 punto
g) Personas con discapacidad igual o superior al 33%: 3 puntos
Las solicitudes podrán presentarse en la sede electrónica del Ayuntamiento de Torrelavega (https://sede.torrelavega.es), o presencialmente (en papel) en cualquier de los Registros de las Administraciones Públicas hasta el próximo 24 de diciembre.
Cuanto el solicitante haya sido anterior cesionario de una de las parcelas objeto de esta convocatoria, deberá indicar, en la instancia, si desea continuar siendo usuario de la misma parcela, siempre que cumpla el resto de los requisitos previstos en estas bases.
Los que hayan sido cesionarios de una de las parcelas en el Huerto de Coteríos que sean objeto de la presente convocatoria, por haber sido adjudicatarios en una convocatoria anterior, y hayan solicitado seguir usando la misma parcela, dicha parcela se excluirá del sorteo y se adjudicará directamente a este solicitante, siempre que dicho solicitante haya obtenido en esta convocatoria como mínimo, la puntuación más baja de los que hayan resultado adjudicatarios de otras parcelas en el Huerto de Coteríos, y siempre que hubiera obtenido una valoración positiva en la evaluación sobre el uso y el buen estado de la parcela y su entorno.
Las personas que resulten cesionarias de las parcelas objeto de la presente convocatoria, deberán cumplir con todas las obligaciones previstas en la Ordenanza reguladora de la Red Municipal de Huertos Sostenibles, las Normas específicas de uso y aprovechamiento de las parcelas de la Red municipal de huertos sostenibles, y lo dispuesto en las bases. Así por ejemplo, se establece que:
- Sólo podrán cultivar hortalizas, plantas aromáticas y flores de uso hortícola o comestible.
- No está permitido el uso de maquinaria agrícola a motor.
- El cultivo de las parcelas de la red de huertos se hará en todo momento de manera sostenible y respetuosa con el medio ambiente.
- Está prohibida la comercialización de los productos obtenidos, que deberán tener una finalidad de autoconsumo.
- Con carácter general, queda prohibido el riego con aspersores u otros medios que puedan invadir las parcelas colindantes.
- No se pueden dejar residuos orgánicos o inorgánicos fuera de los lugares, contenedores o papeleras destinados o establecidos al efecto.
- Está prohibida la quema de materiales orgánicos o inorgánicos, procedentes o no del cultivo de las parcelas.
- Es obligación de las personas cesionarias de las parcelas mantenerlas limpias de vegetación espontánea, tierra, piedras o cualquier otro residuo, tanto la superficie de la parcela, como su cierre perimetral y los pasillos colindantes de la misma en la parte que corresponda según su ubicación.
- Las personas cesionarias deberán mantener las parcelas cultivadas
- No se podrán ubicar en las parcelas, sin previa autorización del Ayuntamiento, estructuras permanentes
- Se prohíbe la presencia de perros o cualquier otro animal dentro del recinto de los huertos.
Para más información consultar el enlace:
Y el Boletín Oficial de Cantabria del 2 de diciembre de 2024: https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=412901
Fuente: torrelavega.es