La ZBE de Torrelavega llega al Supremo: Salvar Torrelavega cuestiona su proporcionalidad

La plataforma recurre la sentencia del TSJC al considerar que prioriza el interés ambiental sin valorar el impacto en derechos y economía local
Torrelavega, 26 de marzo de 2026.– La Plataforma Salvar Torrelavega ha presentado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) que avaló la ordenanza de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE), al entender que el fallo incurre en una interpretación “contraria a Derecho”.
El recurso sostiene que la resolución judicial no realiza un juicio de proporcionalidad adecuado, al dar por prevalente la protección medioambiental sin ponderar de forma concreta otros derechos fundamentales como la libertad de circulación o la libertad de empresa.
La plataforma cuestiona también la Memoria de Análisis de Impacto Normativo (MAIN), que considera insuficiente. Según denuncia, el Ayuntamiento optó por una versión abreviada sin justificación adecuada y la sentencia resta importancia a esta carencia, pese a tratarse de un documento clave para evaluar la necesidad y el impacto de la norma.
Asimismo, rechaza que el Anexo I del Real Decreto 1052/2022 pueda sustituir a dicha memoria, al tratarse de instrumentos con funciones distintas.
Otro de los puntos señalados es la utilización del informe técnico DOYMO como base de la ordenanza. Según el recurso, este documento no formaba parte del expediente durante la tramitación y fue incorporado posteriormente en sede judicial, lo que, a su juicio, invalida su uso como justificación.
Salvar Torrelavega también denuncia la ausencia de un análisis riguroso sobre las cargas económicas y administrativas derivadas de la ZBE, asegurando que las restricciones afectan directamente a pequeños negocios, trabajadores y operadores económicos.
En este sentido, critica que no se haya valorado adecuadamente el impacto de aspectos como el perímetro de la zona, los horarios o las limitaciones impuestas.
Además, la plataforma advierte de que se han aprobado medidas más restrictivas que las recomendadas por los técnicos municipales sin una motivación reforzada, lo que, a su juicio, supone un uso indebido de la discrecionalidad administrativa.
Con este recurso, la asociación considera que el caso presenta interés casacional, al tratarse de una disposición de carácter general con posible repercusión en otros municipios.
La decisión del Tribunal Supremo podría fijar criterios relevantes sobre los límites y requisitos en la implantación de zonas de bajas emisiones en España, en un contexto de creciente implantación de estas medidas en ciudades de todo el país.
