Tribuna de opinión: La injusta e insostenible Ley de Costas de 1988

El inicio de los procedimientos para el deslinde del dominio público marítimo terrestre (en adelante dpmt) en los municipios de Astillero y Camargo ha puesto de relieve, una vez más, las gravísimas consecuencias que para la industria, la economía y la competitividad de Cantabria, y por extensión de España, tiene la vigente Ley de Costas de 1988, fruto de una reacción ultraconservacionista nacida frente a los muchos excesos cometidos en las costas españolas, pero muy especialmente en la costa mediterránea.
En Cantabria, además, podemos ver y sentir los efectos directos derivados de la aplicación de la Ley de Costas no sólo en los graves quebrantos para propietarios y concesionarios, que ven cercenados sus derechos reales a cambio de meras ocupaciones exentas de canon, sino que además podemos padecer sus consecuencias más negativas de manera colectiva, ya sea en forma del desmantelamiento e inundación de parques públicos, como sucede en Escalante; o en la sangrante situación de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de la Vuelta Ostrera, colofón técnico del saneamiento del Saja Besaya, cuyo traslado fuera del dpmt nos costará decenas de millones de euros y un considerable retraso en la solución a la contaminación de la zona afectada.
La Cámara que tengo el honor de presidir ya se ha manifestado con anterioridad en el sentido de criticar y poner de manifiesto los quebrantos que dicha norma acarrea, y así lo hemos trasladado en la Comisión de Medio Ambiente del Consejo Superior de Cámaras hace ya dos años.
Por consiguiente, es claro y evidente que nuestra postura directamente contraria a los excesos derivados de la Ley de Costas no es reciente ni coyuntural, sino que es fruto de la percepción, que se remonta tiempo atrás, de los perjuicios que se derivan directamente de dicha norma para la economía y la sociedad de Cantabria.
Ahora bien, nuestra oposición a la Ley de Costas se concreta muy específicamente en ciertos aspectos fácilmente evitables y que en nada perjudican al espíritu proteccionista que inspira la Ley. Nada más lejos de nuestra intención que dar palio al desarrollismo urbanista descontrolado que tanto perjuicio ha causado al medio ambiente de España y que, a largo plazo, ha socavado un recurso turístico de primera magnitud, como es la calidad ambiental de su litoral y su paisaje.
Pero, frente a ese exceso conservacionista al que hacía referencia al principio de esta tribuna, siempre ha existido la posibilidad de articular soluciones justas y eclécticas que, respetando los intereses en juego (conservación y protección ambiental junto con el desarrollo y la competitividad económica), permitan conciliar todas las necesidades exigidas por las modernas políticas de sostenibilidad ambiental, social y económica.
Se pueden proteger a ultranza muchos millares de kilómetros de la costa española, y permitir simultáneamente un uso compatible con el desarrollo y las necesidades económicas del país en unos pocos centenares. Y eso no implica el sacrificio ambiental de esos centenares de kilómetros, pues se habrán de adoptar las medidas necesarias para paliar los impactos, con soluciones que apliquen las mejores tecnologías disponibles en cada caso.
Centrándonos en Cantabria, nos podríamos preguntar retóricamente qué daño causa a la conservación de las dunas de nuestra región la existencia de instalaciones como las de El Puntal, por poner un ejemplo, que dan cobertura y servicio a miles de visitantes, abriendo las posibilidades para disfrutar de un recurso turístico evidente como son los excelentes arenales de nuestra región. Y lo mismo para todos los demás.
Igualmente podemos cuestionarnos el supuesto daño que el actual emplazamiento de la EDAR de la Vuelta Ostrera genera en la calidad ambiental de la ría de San Martín, o si no será, más bien, que su exclusión se debe única y exclusivamente a una absoluta incompatibilidad legal de uso u ocupación, mientras que su compatibilidad ambiental es evidente, e incluso recomendable.
También me parece oportuno reflexionar, por ejemplo, sobre las dificultades que existen hoy en día para atraer inversión industrial a Cantabria. Ejemplos de esa compleja situación los tenemos bien a la vista todos los días en los periódicos y basta con repasar las cifras para tener que remontarnos decenas de años hasta encontrar una gran inversión industrial en Cantabria. Y ante esta realidad podríamos preguntarnos si alguien con un mínimo sentido de la responsabilidad y la proporcionalidad pondría en peligro la pervivencia de instalaciones como las de Equipos Nucleares, Derivados del Flúor, Ferroatlántica o Solvay, que se asentaron y desarrollaron en nuestra región con todos los parabienes de la legislación vigente en su momento.
E igual que sucede con estas grandes empresas, también podemos pensar en otras muchas, más modestas pero no por ello menos importantes, y que proyectan una imagen de calidad e innovación de nuestra región; ejemplos de pymes punteras en su sector como son La Bien Aparecida o la empresa Tinamenor.
Polígonos enteros o casi por entero (Raos -luego incluso agravado por la Ley 48/2003, -, Requejada, Santoña, etcétera), explotaciones agrícolas, servicios turísticos, industria basada en la innovación y el conocimiento, todo lo que se dice que necesita y que debe apoyar Cantabria para buscarse su futuro se ve amenazado directamente por la absurda rigidez conceptual y práctica de una norma que, para mayor inri, fue concebida pensando en el modelo mediterráneo, y no sólo en cuanto al desarrollo urbano, sino incluso en cuanto al régimen mareal.
Pues bien, la Ley de Costas de 1988, como todas las normas, Constituciones incluidas, es esencialmente modificable y está en su naturaleza la necesidad de su adaptación a las circunstancias de los tiempos en que ha de aplicarse. Es por ello absolutamente necesario, ineludible y urgente proceder a modificar la normativa en su régimen transitorio para que permita la existencia de las explotaciones, usos y ocupaciones anteriores a 1988, y en este sentido apoyamos la proposición de ley presentada en el Senado por el Partido Popular, apoyo que ya han manifestado otras entidades y agentes sociales, y que debería asumirse por los demás partidos y por el Gobierno Regional de Cantabria. Y, yendo un poco más allá, también nos parece oportuno asumir la posibilidad de ampliar los usos del dpmt para dar cabida en el mismo a necesidades compatibles con el desarrollo sostenible, examinando su posible uso con criterios objetivos, caso por caso y utilizando para ello tanto la técnica de la Evaluación de Impacto Ambiental como la aplicación de las mejores tecnologías disponibles, asegurando así un aprovechamiento racional y sostenible del dpmt.
La Cámara de Comercio de Cantabria está realizando en la actualidad un estudio detallado sobre los impactos económicos que la aplicación de la vigente Ley de Costas tiene en nuestra economía, estudio cuyos resultados tendremos disponibles en pocas semanas y que daremos a conocer, objetivamente, para así reforzar lo que ya es una evidencia: esta normativa es injusta e insostenible.
La actual situación económica que nos ocupa diariamente pone de manifiesto con dureza la necesidad de aprovechar de manera sostenible todos los recursos de España, incluido el dpmt que no puede quedar destinado a ser, sólo, arenas, cañas y barro.
Modesto Piñeiro García-Lago
Presidente de la Cámara de Comercio de Cantabria
Fuente: www.camaracantabria.com