El Gobierno modifica la normativa que regula las vedas, tallas mínimas y recogida de marisco de la temporada 2026/2027

Imagen de archivo. (Foto: Gobierno de Cantabria).
Santander-19.05.2026
El Gobierno de Cantabria, a través de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, ha aprobado la Orden DES/12/2026, de 12 de mayo, que modifica la Orden DES/36/2025, de 22 de diciembre, normativa que regula las vedas, tallas mínimas y la recogida de marisco y otras especies de interés comercial durante la temporada 2026-2027 en la Comunidad Autónoma.
Esta modificación se realiza en el marco de las competencias autonómicas en materia de pesca, marisqueo y ordenación del sector pesquero, con el objetivo de reforzar la sostenibilidad de los recursos marinos y mejorar los mecanismos de control de la actividad extractiva.
Sobre este marco normativo, la nueva Orden DES/12/2026 introduce dos modificaciones principales. En primer lugar, incorpora un nuevo artículo 15 bis relativo a la declaración de capturas de percebe, que establece la obligación de que los mariscadores incluidos en el censo de esta especie comuniquen diariamente sus capturas a la Administración autonómica.
Esta comunicación deberá realizarse de forma telemática a través de la aplicación informática DECOSTA y tendrá que registrarse en el momento de finalización de la actividad, en el propio lugar de extracción y antes del inicio del transporte a la lonja para su pesaje.
Esta medida se complementa con el refuerzo del sistema de control del transporte de las capturas, mediante la exigencia de un documento oficial que ampare su traslado, garantizando así una mayor trazabilidad desde el origen hasta la primera venta.
En segundo lugar, la orden modifica el Anexo I de la normativa anterior, que recoge el cuadro de vedas y tallas mínimas de las especies marinas permitidas. Entre los cambios introducidos, destaca la inclusión expresa de la cigala (Nephrops norvegicus), que pasa a formar parte del listado de crustáceos regulados, estableciéndose que no estará sometida a periodo de veda y fijándose tallas mínimas de captura, tanto por longitud de caparazón como por longitud total, (20mm de longitud de caparazón y 70mm de longitud total).
Esta actualización completa el catálogo de especies reguladas, junto con el resto de los moluscos, crustáceos y equinodermos ya contemplados.
El anexo actualizado mantiene, asimismo, la regulación detallada de las distintas especies, incluyendo los periodos de veda específicos, las tallas mínimas y las condiciones de captura, así como la prohibición de retener hembras ovadas en el caso de los crustáceos. También se reafirma la aplicación de los criterios técnicos establecidos en la normativa europea para la medición de las especies y la protección de los ejemplares juveniles.
Con estas modificaciones, el Gobierno de Cantabria refuerza el control efectivo de las vedas, las zonas de captura y las cantidades extraídas, al tiempo que avanza en la digitalización del sector y en la mejora del seguimiento de la actividad marisquera.
La actualización normativa responde a la necesidad de adaptar la regulación a la evolución de los recursos marinos y a las demandas del sector, consolidando un modelo de gestión basado en la sostenibilidad, la trazabilidad y la explotación responsable.
Tal y como recoge el Boletín Oficial de Cantabria, la nueva Orden entrará en vigor a partir de mañana.
Fuente: www.cantabria.es