Transportes flexibiliza los tiempos de conducción de los transportistas para mitigar las consecuencias del apagón

 Transportes flexibiliza los tiempos de conducción de los transportistas para mitigar las consecuencias del apagón

La medida temporal busca garantizar el abastecimiento de mercancías y facilitar el transporte de viajeros tras las interrupciones provocadas por la caída del suministro eléctrico

Madrid, 30 de abril de 2025. El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha aprobado una resolución por la que se flexibilizan temporalmente los tiempos de conducción y descanso de los conductores profesionales del transporte por carretera, tanto de mercancías como de viajeros, con el objetivo de restablecer la operatividad del sector tras el apagón eléctrico que afectó ayer a toda la Península Ibérica.

Esta resolución, que se publicará próximamente en el Boletín Oficial del Estado, responde a las dificultades logísticas, congestiones urbanas y fallos en las comunicaciones sufridas durante la jornada del 29 de abril, que provocaron retrasos, interrupciones y falta de información clave para los transportistas, como la ubicación de estaciones de servicio operativas o el contacto con sus centros de operaciones.

A ello se suma un incremento de la demanda de transporte de mercancías debido al desabastecimiento puntual de productos, lo que hace necesario prolongar los tiempos de conducción para poder culminar los servicios iniciados y garantizar la distribución a los puntos de venta.

Medidas para el transporte de mercancías

Las excepciones se aplicarán del lunes 28 de abril al domingo 4 de mayo, ambos inclusive, y consisten en:

  • Ampliación del límite diario de conducción de 9 a 11 horas.
  • Ampliación del límite semanal de conducción de 56 a 60 horas.
  • Ampliación del límite bisemanal de 90 a 96 horas.
  • Ampliación de la conducción ininterrumpida de 4 horas y media a 5 horas.
  • Reducción del descanso diario de 11 a 9 horas.
  • Posibilidad de tomar dos descansos semanales reducidos consecutivos de al menos 24 horas, con compensación unida al siguiente descanso semanal normal. También se permite posponer el inicio del descanso semanal más allá de seis jornadas de 24 horas.

Medidas para el transporte de viajeros

En el caso del transporte de personas, las medidas se aplicarán del lunes 28 al miércoles 30 de abril, y contemplan:

  • Ampliación del límite diario de conducción de 9 a 11 horas.
  • Ampliación de la conducción ininterrumpida de 4 horas y media a 5 horas.
  • Reducción del descanso diario de 11 a 9 horas.

Estas medidas excepcionales, de ámbito nacional, se adoptan para garantizar la continuidad de los servicios esenciales de transporte, especialmente en un contexto en el que la seguridad y el suministro de productos básicos son prioritarios.

El Cantabro

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