Una artroscopia le cambia la vida: condenan al SCS a pagar 116.000 euros a una joven por perder sensibilidad en las piernas

El juez considera que las secuelas sufridas son desproporcionadas para una operación de rodilla que no implicaba riesgos vitales
Santander, 3 de junio de 2025.– El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Santander ha condenado al Servicio Cántabro de Salud (SCS) a indemnizar con 115.784 euros a una joven de 28 años que perdió gran parte de la sensibilidad en las piernas tras someterse a una artroscopia de rodilla en junio de 2020.
El magistrado considera que las consecuencias derivadas de la intervención quirúrgica son “absolutamente desproporcionadas” en relación con los beneficios que se esperaban de la operación, y subraya que el consentimiento firmado por la paciente no contemplaba un riesgo de tal magnitud.
Según recoge la sentencia, durante la aplicación de la anestesia epidural, la joven sufrió pinchazos repetidos y un dolor extremo. Días después, comenzó a presentar síntomas como dolor lumbar persistente, inestabilidad, atrofia muscular y pérdida de movilidad, hasta ser diagnosticada con un síndrome de cola de caballo, una patología grave que ha derivado en secuelas crónicas e irreversibles: dificultad para caminar, falta de sensibilidad en la zona pélvica y necesidad de asistencia para funciones básicas como la micción o la defecación. A día de hoy, tiene reconocido un grado de discapacidad del 65%.
Aunque el SCS negó cualquier mala praxis y defendió la corrección del procedimiento, el juez considera acreditado que la única explicación plausible para el daño sufrido es la anestesia aplicada durante la operación, ya que no existían antecedentes médicos ni se ha presentado una alternativa razonable.
El fallo no aprecia negligencia clara, pero sí aplica la doctrina del daño desproporcionado, señalando que el riesgo no fue correctamente informado ni asumido por la paciente. “No puede hablarse de consentimiento de un riesgo inherente y proporcionado al tipo de operación que se practicaba”, señala la resolución, que todavía puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
El juzgado ha descartado indemnizar por lucro cesante al no haber constancia de la situación profesional de la joven, pero sí ha tenido en cuenta los días de curación y las importantes secuelas sufridas.