Ya están en vigor los cambios de la DGT: multas de 200 euros y hasta seis puntos desde este 1 de octubre

Las nuevas obligaciones afectan a motoristas, ciclistas, patinetes, taxistas y conductores, con cambios importantes en adelantamientos, retenciones y equipamiento de seguridad.
1 octubre 2026
Desde este jueves 1 de octubre de 2026 ya se aplican en Cantabria y en el resto de España la mayoría de las modificaciones introducidas en el Reglamento General de Circulación para reforzar la protección de peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal.
La reforma, recogida en el Real Decreto 518/2026, establece nuevas obligaciones para conductores de coches, motocicletas, ciclomotores, bicicletas y patinetes eléctricos. Su incumplimiento puede acarrear multas de 200 euros y, en determinados casos, la pérdida de hasta seis puntos del permiso de conducir. www.boe.es
Guantes y calzado cerrado para los motoristas
Desde este 1 de octubre, los conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores deben utilizar guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas.
También tienen que llevar calzado cerrado que cubra completamente el pie en todo tipo de vías, incluidas las calles de Santander, Torrelavega y el resto de los municipios de Cantabria. Circular en moto con chanclas, sandalias u otro calzado abierto puede ser sancionado.
El incumplimiento de estas obligaciones tiene la consideración de infracción grave y puede suponer una multa de 200 euros. Mientras Interior no apruebe una orden con sus especificaciones técnicas, podrán utilizarse guantes de protección de las características habituales.
Las motocicletas también deben llevar un chaleco reflectante de alta visibilidad entre su equipamiento obligatorio para utilizarlo cuando el conductor abandone el vehículo y ocupe la calzada o el arcén de una vía interurbana.
Las motos pueden utilizar el arcén, pero con condiciones
La nueva normativa permite a las motocicletas circular por el arcén derecho durante una retención, pero no significa que puedan hacerlo libremente en cualquier atasco.
Para utilizarlo, el tramo debe estar expresamente autorizado mediante señales verticales y marcas viales. Además, los carriles de circulación tienen que encontrarse detenidos por la congestión, la velocidad máxima será de 30 kilómetros por hora y las motos deberán circular en fila de uno.
Los motoristas tendrán que extremar la precaución y respetar la prioridad de bicicletas, ciclomotores y otros vehículos obligados a circular por el arcén. Utilizarlo fuera de estos supuestos puede constituir una infracción grave sancionada con 200 euros. www.boe.es
Casco obligatorio en patinete y edad mínima de 15 años
Los conductores de vehículos de movilidad personal, entre ellos los patinetes eléctricos, deben tener al menos 15 años y utilizar un casco de protección homologado o certificado.
También tienen que llevar un elemento luminoso o reflectante visible a una distancia mínima de 150 metros cuando circulen de noche o en situaciones de escasa visibilidad. Para los repartidores y demás profesionales que trabajen con estos vehículos, el chaleco reflectante será obligatorio durante toda la jornada.
Circular sin el casco o los elementos reflectantes exigidos constituye una infracción grave sancionada con 200 euros. Al tratarse de vehículos que no requieren permiso de conducir, estas multas no implican pérdida de puntos.
La obligación de llevar encendido el alumbrado del patinete también durante el día no comienza este jueves, sino que se aplicará a partir del 1 de octubre de 2027.
Casco para todos los ciclistas en carretera
Desde este 1 de octubre, todos los ciclistas tienen que utilizar casco en vías interurbanas. Desaparecen las excepciones que permitían prescindir de él durante ascensos prolongados, por razones médicas acreditadas o en situaciones de calor extremo.
Los profesionales que trabajen en bicicleta también deben llevar casco y chaleco reflectante en vías urbanas y travesías. El incumplimiento puede ser sancionado con 200 euros, pero no implica pérdida de puntos aunque el ciclista tenga permiso de conducir.
En las vías urbanas, los ciclistas pueden circular preferentemente por el centro del carril cuando resulte necesario para su seguridad. Los vehículos a motor que circulen detrás deberán guardar una separación mínima de cinco metros.
Así cambia el adelantamiento a ciclistas
Los conductores que adelanten fuera de poblado a ciclistas, peatones, ciclomotores, patinetes, animales o vehículos de tracción animal deben circular, durante toda la maniobra, al menos 20 kilómetros por hora por debajo del límite máximo de la vía.
También resulta obligatorio mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros. En carreteras con más de un carril por sentido, el vehículo deberá cambiar completamente de carril para realizar el adelantamiento.
Adelantar a un ciclista sin respetar los 1,5 metros o poniéndolo en peligro puede suponer una multa de 200 euros y la pérdida de seis puntos. Incumplir la reducción de velocidad también puede ser sancionado como infracción grave, aunque la retirada de puntos dependerá de la conducta concreta denunciada.
Nueva distancia ante vehículos averiados
Cuando un vehículo se encuentre inmovilizado por una avería, un accidente o la realización de trabajos de auxilio o mantenimiento, los conductores que lo rebasen deberán dejar una separación lateral mínima de 1,5 metros.
También tendrán que reducir su velocidad al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite establecido en la vía. El incumplimiento de estas condiciones tiene la consideración de infracción grave y puede ser sancionado con 200 euros.
Obligatorio formar un carril de emergencia
Otra de las novedades que se aplica desde este jueves afecta a las retenciones en autopistas y autovías. Cuando los vehículos circulen a paso de peatón o estén detenidos, deberán apartarse para crear un carril de emergencia.
En vías con dos carriles por sentido, el espacio se dejará entre ambos. Cuando existan tres o más carriles, los vehículos del carril izquierdo se desplazarán hacia la izquierda y todos los demás hacia la derecha.
Esta medida tendrá especial importancia en carreteras con frecuentes retenciones como la A-8 y la A-67, ya que permitirá agilizar el paso de ambulancias, bomberos, Guardia Civil y otros servicios de emergencia.
Prohibido adelantar cuando la nieve dificulte la circulación
Cuando la nieve complique la circulación en autopistas y autovías queda prohibido adelantar. Como norma general, los vehículos deberán utilizar el carril derecho y dejar libres los situados más a la izquierda para los servicios de emergencia y las máquinas quitanieves.
En tramos con tres o más carriles por sentido también se podrá utilizar el carril contiguo al situado más a la derecha.
Taxistas y profesores de autoescuela, siempre con cinturón
La reforma elimina las excepciones que permitían no utilizar el cinturón de seguridad en determinadas circunstancias a los taxistas, conductores de vehículos de mercancías y profesores de autoescuela.
Desde este 1 de octubre deben llevarlo correctamente abrochado en todo momento. No utilizarlo puede acarrear una multa de 200 euros y la pérdida de cuatro puntos cuando la infracción corresponda al conductor. www.dgt.es
Nuevas condiciones para las autocaravanas
Las autocaravanas estacionadas no pueden desplegar toldos, mesas u otros elementos que sobrepasen el perímetro del vehículo.
Deben descansar únicamente sobre sus neumáticos, aunque podrán emplear calzos o cuñas de seguridad, y no podrán verter líquidos procedentes del habitáculo. Los ayuntamientos podrán desarrollar estas condiciones mediante sus ordenanzas municipales.
Las aceras quedan reservadas a los peatones
El nuevo reglamento refuerza las aceras como espacios reservados para la circulación y estancia de los peatones. Las bicicletas y los patinetes no pueden circular por ellas.
Los ayuntamientos sí podrán regular la convivencia de peatones, bicicletas y vehículos de movilidad personal en otras zonas peatonales. También podrán establecer caminos escolares seguros y autorizar la circulación de bicicletas en ambos sentidos en determinadas calles limitadas a 30 kilómetros por hora, siempre que exista señalización.
Los cambios que se aplazan hasta 2027
No todas las medidas comienzan este 1 de octubre de 2026. Los conductores y pasajeros de ciclomotores podrán seguir utilizando cascos certificados durante un año más. A partir del 1 de octubre de 2027 tendrán que estar homologados conforme al Reglamento UNECE R22.
También se retrasa hasta esa fecha la obligación de llevar encendido durante el día el alumbrado de los vehículos de movilidad personal. El resto de las principales modificaciones ya se encuentra en vigor.