Camargo abre mañana el plazo de solicitud de las ayudas al transporte para los estudiantes universitarios
Las subvenciones para educación complementaria, material escolar y transporte a centros de Bachillerato y FP pueden solicitarse hasta el 8 de noviembre
Muriedas, jueves 10 de octubre de 2024. El Ayuntamiento de Camargo abrirá mañana viernes, día 11 de octubre, y hasta el próximo 11 de noviembre, el plazo de presentación de solicitudes para la obtención de becas de transporte destinadas a los estudiantes matriculados, en el año académico 2024/2025, en centros docentes universitarios. El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) recoge hoy el extracto del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento el pasado 26 de septiembre, mediante el que se dio luz verde a esta convocatoria de subvenciones, que cuenta con una cuantía total de 70.000 euros.
“El importe del que beneficiarán los universitarios que accedan a estas becas de transporte no podrá exceder la cantidad de 350 euros por solicitud”, tal y como ha explicado la concejala de Educación, Marian Rovira, quien ha avanzado que, a través de las ayudas que el Ayuntamiento de Camargo destina a los desplazamientos que han de realizar los jóvenes del municipio para acudir a sus clases en la Universidad, desde la Concejalía de Educación “tenemos la estimación de llegar a 200 familias”.
En este sentido, Rovira ha recordado que el Consistorio, a través de este departamento, “aporta diferentes recursos para la atención a las necesidades educativas en el ámbito local”. “De esta forma, facilitamos que el alumnado disponga de un acceso gratuito, o con un coste reducido, a los materiales y necesidades requeridos para cursar todas las etapas educativas, desde Infantil hasta la formación universitaria”, ha aseverado la edil de Educación, quien ha señalado que, mediante la adopción de estas medidas, desde el Ayuntamiento de Camargo “apoyamos a las familias del municipio a la hora de afrontar uno de los gastos más importantes que deben acometer cada año”, a la vez que “tratamos de igualar las condiciones en las que se encuentran los alumnos”.
Un punto en el que Rovira ha recordado que el pasado lunes, día 8 de octubre, el BOC también público otra serie de convocatorias de subvenciones impulsadas desde el Consistorio camargués, también dentro de área de Educación, y que, asimismo, “tienen como objeto”, ha dicho, “el soporte a los estudiantes y sus familias a lo largo del presente curso”. Así, estas convocatorias –cuyo plazo de presentación de solicitudes se extiende hasta el próximo 8 de noviembre- se refieren a ayudas económicas para la educación complementaria, “destinadas”, como ha indicado la concejala, “a financiar actividades y programas educativos complementarios”; subvenciones para la adquisición de material escolar, dirigidas a estudiantes de Educación Infantil del municipio y, en tercer lugar, ayudas para desplazamientos a centros de enseñanza postobligatoria, es decir, Bachillerato y Formación Profesional de Grado Medio y Superior.
En el caso de las ayudas a la educación complementaria –dedicadas a las familias que requieran de recursos especiales que no son atendidos por el sistema público educativo- el importe total que se dedica a la presente convocatoria es de 11.250 euros, siendo la subvención máxima de 450 euros por solicitud. Por otro lado, y en el caso de las subvenciones que el Ayuntamiento de Camargo destina a ayudas para material escolar de los alumnos de Educación Infantil para este curso 2024/2025, la cuantía global prevista, de 6.000 euros, permitirá acceder a un total de 100 euros por solicitud. Por último, en el apartado referido a la convocatoria de subvenciones a ayudas económicas para desplazamientos a centros docentes de enseñanza postobligatoria, que cuenta con una partida de 25.000 euros, la subvención máxima será de 250 euros por solicitud.
En conjunto, la suma de las ayudas en el capítulo de Educación es de 112.250 euros. Tanto el formulario de solicitud como la documentación requerida pueden presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Camargo, a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.