Cuando tu vivienda es tu lugar de trabajo
La nueva política de la Agencia Tributaria permite a los autónomos deducir en el IVA los gastos asociados a la vivienda, como la luz, el gas, el agua y el internet, siempre y cuando una parte del inmueble se utilice para su actividad empresarial además del uso privado.
Esta medida, impulsada tras un cambio de criterio por parte del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), ofrece la posibilidad de reducir estos gastos de manera proporcional, es decir, en función del porcentaje de uso destinado al negocio. Asimismo, esta decisión abre la puerta para que los contribuyentes reclamen la devolución de los importes pagados de más en los últimos cuatro años.
La resolución del TEAC, fechada el 19 de julio, marca un precedente al considerar que la legislación española sobre el IVA, que previamente prohibía a los autónomos deducir los gastos de vivienda utilizada tanto para fines comerciales como privados, contradecía la Directiva europea del IVA, que sí permite esta deducción de manera proporcional.
La Dirección General de Tributos (DGT), bajo el Ministerio de Hacienda, ha adoptado este nuevo criterio y ha emitido dos consultas vinculantes datadas el 25 de septiembre y el 2 de octubre de 2023, donde se establece la posibilidad de deducir los mencionados gastos de manera proporcional en el IVA.
Los autónomos y empresarios que se vean afectados por esta medida tienen la oportunidad de recuperar los importes pagados de más en el IVA de los últimos cuatro años, ya que España no estaba aplicando correctamente la normativa comunitaria. Para ello, es necesario calcular el IVA que podría haberse deducido según el nuevo criterio y solicitar la rectificación de las declaraciones anteriores que hayan perjudicado sus intereses económicos. Aunque también podrían incluir estas deducciones en la próxima declaración del IVA, lo más adecuado sería rectificar las declaraciones anteriores.
Aún no se ha definido el criterio específico para medir la proporcionalidad de los gastos por parte de la Administración tributaria. Sin embargo, se sugiere que una forma adecuada de hacerlo sería en función de los metros cuadrados utilizados para la actividad empresarial en relación con el total de la vivienda.
A pesar de la resolución del TEAC, el Gobierno aún no ha modificado la normativa nacional, pero se espera que finalmente se ajuste a la normativa comunitaria.