Abren juicio a un policía por consultar VIOGEN

 Abren juicio a un policía por consultar VIOGEN

Recreación sobre la protección de datos personales. Imagen generada con IA; la pantalla no corresponde al sistema VIOGEN.

La Fiscalía pide cuatro años y medio de prisión para el agente local de Santander, acusado de acceder repetidamente al nivel de riesgo de una mujer a la que no tenía asignada y tratar después de que fuera rebajado

Santander, 22 de octubre de 2026.– El titular de la Plaza de Instrucción número 4 del Tribunal de Instancia de Santander ha abierto juicio oral contra un agente de la Policía Local acusado de acceder repetidamente al sistema VIOGEN para consultar el nivel de riesgo de una víctima cuya protección no tenía encomendada.

El policía será juzgado por la Audiencia Provincial de Cantabria. La Fiscalía solicita cuatro años y medio de prisión, diez años de inhabilitación absoluta y una indemnización de 3.000 euros por un presunto delito contra la intimidad.

La acusación particular ejercida por la mujer reclama tres años de cárcel, una multa de 8.100 euros, seis años de inhabilitación absoluta y una indemnización de 6.000 euros.

Según los indicios recogidos durante la instrucción, el agente, destinado en la Oficina de Protección de Víctimas, habría consultado en varias ocasiones los datos de la mujer en el Sistema de Seguimiento Integral en los casos de Violencia de Género (VIOGEN), pese a que no era responsable de su protección.

En aquel momento, el sistema había asignado a la mujer un nivel de riesgo medio.

El policía sí tenía encomendada la protección del hombre denunciado por ella, que a su vez figuraba como víctima protegida tras haber presentado una denuncia contra la mujer.

La resolución judicial señala además que existía una relación personal entre el agente y ese hombre, ya que este último era arrendador del policía investigado.

Tras consultar los datos, el acusado habría contactado con el agente de la Policía Nacional que sí tenía asignada la protección de la mujer y habría conseguido que se realizase una nueva evaluación. El nivel de riesgo pasó entonces de medio a bajo, según recoge el instructor.

El magistrado ya rechazó durante la instrucción la petición de archivo formulada por la defensa.

En aquella resolución diferenció entre el acceso autorizado al sistema por razón del puesto de trabajo y la consulta de determinados datos para fines ajenos a las funciones asignadas al agente.

A juicio del instructor, acceder reiteradamente al nivel de riesgo de una mujer que el policía no tenía bajo su protección y actuar después para intentar modificarlo presenta, al menos de forma indiciaria, los elementos suficientes para que los hechos sean examinados en juicio.

La Audiencia Provincial ya había confirmado previamente la continuación de la causa al desestimar el recurso presentado por el agente contra el auto que transformó las diligencias en procedimiento abreviado.

Una vez formuladas las acusaciones, el instructor ha acordado ahora la apertura del juicio oral y ha declarado competente para celebrarlo a la Audiencia Provincial de Cantabria.

El auto también exige al acusado una fianza de 4.000 euros para garantizar las posibles responsabilidades económicas que pudieran imponérsele.

Además, declara al Ayuntamiento de Santander responsable civil subsidiario, por lo que el Consistorio deberá personarse en el procedimiento con abogado y procurador y presentar su correspondiente escrito de defensa en el plazo establecido.

La apertura de juicio oral no supone una declaración de culpabilidad. Será la Audiencia Provincial la que, una vez celebrado el juicio y examinadas las pruebas y argumentos de las partes, determine si los hechos constituyen delito y la eventual responsabilidad del acusado.

El Cantabro

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