La jueza del accidente de El Bocal cita a nuevos testigos de Dragados y de la fabricación de la pasarela

La instructora quiere aclarar aspectos técnicos sobre la construcción de la infraestructura y solicita además documentación sobre los controles de calidad aplicados en la obra
Santander, 9 de octubre de 2026.– La titular de la Plaza número 1 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Santander, que investiga el accidente de El Bocal en el que fallecieron seis personas y otra resultó herida de gravedad tras ceder una pasarela de la senda costera, ha citado a declarar como testigos a tres nuevas personas relacionadas con la ejecución de la infraestructura.
La magistrada ha convocado para el próximo 30 de octubre al jefe de grupo que trabajó junto al jefe de obra de Dragados y a la responsable de calidad de la misma compañía. Las declaraciones están previstas a las 9.30 y a las 10.00 horas.
Ese mismo día, a las 10.30 horas, comparecerá también como testigo una persona vinculada a Fronda que se encargó de la fabricación de la pasarela.
Las nuevas diligencias tienen como objetivo identificar y escuchar a quienes participaron directamente en la ejecución material de la estructura y poder aclarar distintas cuestiones técnicas relacionadas con su construcción.
La instructora ha requerido además a Dragados para que aporte los procedimientos de calidad que estaban vigentes en 2014 para este tipo de obras, incluidos los relacionados con la adquisición de materiales y productos destinados a instalaciones ejecutadas para la Administración del Estado.
También ha solicitado el denominado “Plan de puntos de inspección” elaborado en su momento en relación con la pasarela que posteriormente sufrió el accidente.
Por otro lado, la magistrada ha acordado que el médico forense emita un informe provisional sobre el estado de salud de la única superviviente, con el fin de conocer las lesiones sufridas y el tratamiento recibido.
Estas diligencias forman parte de una investigación que continúa abierta para determinar las circunstancias en las que se produjo el fallo de la pasarela y las posibles responsabilidades que pudieran derivarse.
Las resoluciones adoptadas por la instructora no son firmes y pueden ser recurridas en reforma.