Adiós a los patinetes sin casco: así cambian las normas de tráfico que entrarán en vigor este otoño

 Adiós a los patinetes sin casco: así cambian las normas de tráfico que entrarán en vigor este otoño

El Gobierno endurece las medidas de seguridad para usuarios vulnerables y establece nuevas obligaciones para motoristas, ciclistas, repartidores y conductores de vehículos de movilidad personal

23 de junio de 2026. El Consejo de Ministros ha aprobado este martes una profunda reforma del Reglamento General de Circulación que introduce nuevas obligaciones para conductores de patinetes eléctricos, ciclistas y motoristas, con el objetivo de reforzar la seguridad de los usuarios más vulnerables de las vías.

La modificación responde a la transformación experimentada por la movilidad durante las dos últimas décadas, pasando de un modelo centrado en los vehículos y las carreteras a otro que pone el foco en las personas y en la convivencia dentro de los entornos urbanos.

Una de las principales novedades es la incorporación por primera vez del concepto de “usuario vulnerable de la vía”, categoría que engloba a peatones, ciclistas, motociclistas y usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), colectivos con mayor riesgo de sufrir lesiones graves en caso de accidente.

Entre los cambios más relevantes figura la regulación específica de los patinetes eléctricos. A partir de la entrada en vigor de la norma, la edad mínima para conducir un VMP será de 15 años. Además, sus usuarios estarán obligados a utilizar casco de protección y chaleco reflectante durante la noche o en situaciones de baja visibilidad. Los repartidores que utilicen estos vehículos deberán llevar chaleco reflectante en todo momento.

La reforma también establece que los vehículos de movilidad personal deberán circular siempre con el alumbrado encendido y contempla la posibilidad de que puedan utilizar determinadas vías segregadas fuera de los núcleos urbanos, como carriles bici o infraestructuras similares.

Los ciclistas también verán modificadas algunas de sus obligaciones. Desaparecen las excepciones existentes para el uso del casco en vías interurbanas, por lo que será obligatorio en todos los casos. Asimismo, los repartidores en bicicleta deberán llevar casco y chaleco reflectante durante toda su jornada laboral.

La nueva normativa endurece además las condiciones para adelantar a ciclistas en carreteras. Los conductores estarán obligados a reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite de la vía y, cuando existan varios carriles por sentido, deberán cambiar completamente de carril durante la maniobra de adelantamiento.

En las ciudades, los ciclistas pasarán a circular preferentemente por el centro del carril para mejorar su visibilidad y seguridad. Además, los vehículos a motor deberán mantener una distancia mínima de cinco metros cuando circulen detrás de una bicicleta en el mismo carril.

Los motoristas constituyen otro de los colectivos afectados por la reforma. El nuevo reglamento obliga a conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores a utilizar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier tipo de vía. Ambas infracciones podrán ser sancionadas con multas de 200 euros.

También se permitirá que las motocicletas circulen por el arcén derecho en situaciones de congestión del tráfico, siempre que exista señalización específica y no se superen los 30 kilómetros por hora.

Otra de las novedades destacadas es que los cascos utilizados por motoristas deberán estar homologados, elevando así los requisitos de seguridad exigidos hasta ahora.

La reforma incluye además nuevas medidas destinadas a mejorar la gestión de emergencias y de episodios meteorológicos adversos. En autopistas y autovías, cuando la circulación se vea afectada por la nieve, quedará prohibido adelantar y todos los vehículos deberán circular exclusivamente por el carril derecho, dejando libre el izquierdo para quitanieves y servicios de emergencia.

Asimismo, se regula por primera vez el denominado «carril de emergencia», que deberá formarse en situaciones de retención para permitir el paso de ambulancias, policías y otros vehículos de asistencia.

En el ámbito urbano, la normativa introduce medidas dirigidas a reforzar la seguridad peatonal y escolar. Entre ellas destaca el reconocimiento jurídico de los caminos escolares seguros, concebidos para facilitar que niños y adolescentes se desplacen a sus centros educativos caminando, en transporte público o mediante medios de movilidad no motorizados.

También se regula el estacionamiento de autocaravanas, estableciendo límites para la ocupación del espacio público y prohibiendo la instalación de elementos que sobresalgan del perímetro del vehículo o el vertido de fluidos procedentes del habitáculo.

La mayor parte de las nuevas normas entrarán en vigor el próximo 1 de octubre de 2026. No obstante, la obligatoriedad del alumbrado permanente en los vehículos de movilidad personal y la exigencia de cascos homologados para motoristas se retrasarán hasta el 1 de octubre de 2027. Por su parte, la obligación de utilizar guantes homologados dependerá de la aprobación de una futura orden ministerial que definirá sus características técnicas.

El Cantabro

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