La Cámara ha colaborado con el Ministerio de la Presidencia en la elaboración de guías para quienes deseen prestar servicios en España

– Están disponibles en la Ventanilla Única de la Directiva de Servicios (VUDS), que pretende simplificar los trámites administrativos e informar con agilidad sobre el establecimiento de actividades de servicios
La Cámara de Cantabria ha colaborado, junto a otras 13 Cámaras de Comercio, el Consejo Superior de Cámaras, el Ministerio de la Presidencia y Cap Gemini, en la elaboración de las 51 guías de asistencia contenidas en la denominada Ventanilla Única de la Directiva de Servicios (VUDS), una iniciativa puesta en marcha por el Ministerio de la Presidencia a través de dicha Directiva europea, en proceso de transposición al ordenamiento jurídico español.
La VUDS está integrada por un portal web, un sistema de información y un sistema de ayuda a la tramitación. La aplicación web, accesible a través de www.eugo.es, tiene como objetivo principal facilitar a los prestadores de servicios (empresarios y emprendedores) la información referente a los procedimientos y trámites que son necesarios para ejercer la actividad en España, ya sea de forma temporal o estable, y a los consumidores, sobre sus derechos a la hora de reclamar.
Las actividades de servicios se organizan en 51 sectores, cada uno de los cuales tiene su propia guía de asistencia, que son documentos elaborados, descargables a través del portal web, que recogen información sobre los trámites necesarios para el acceso y ejercicio de cada actividad de servicios. Su objetivo fundamental es facilitar el acceso a la información de manera clara e inequívoca a empresarios y consumidores (españoles o de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea) sobre los requisitos que han de cumplir.
Las guías incluyen información de las asociaciones u organizaciones, tanto españolas como del ámbito de la Unión Europea, que pueden ofrecer asistencia práctica a los prestadores y consumidores de los servicios, así como las vías de recurso disponibles en España en caso de litigio entre el prestador de servicios y el destinatario de los mismos y un glosario de términos. La principal característica de esta estructuración es que permite sistematizar la generación de documentos, manteniendo la parte común de los servicios en la guía base y destinando las guías específicas al contenido concreto de cada sector.
La prestación de actividades empresariales de servicios en un Estado miembro de la Unión Europea, y en particular en España, conlleva el cumplimiento de una serie de requisitos en el ámbito mercantil (constitución de sociedades), administrativo (obtención de licencias y registros), profesional (colegiación y carnés profesionales), fiscales (número de identificación fiscal, liquidación de impuestos, etc.) y laborales. El conjunto de requisitos es amplio y varía en función de la actividad empresarial y los servicios prestados, la forma societaria (jurídica) adoptada y la localización geográfica donde se realiza la actividad.
En concreto, la Cámara de Comercio de Cantabria ha colaborado en la elaboración de 18 guías de asistencia (y sus correspondientes casos de uso), dentro de la etapa de identificación de la legislación afectada por la Directiva de Servicios, que se refieren a los siguientes sectores de actividad:
– Actividades inmobiliarias
– Actividades turísticas
– Caso de uso base de actividades de servicios
– Comercio al por mayor de alimentación
– Comercio al por mayor de maquinaria y equipo
– Comercio al por mayor de materiales de construcción
– Comercio al por mayor de productos químicos
– Comercio al por menor de artículos médicos
– Comercio al por menor de productos no alimenticios
– Comercio al por menor no realizado en establecimientos
– Comercio al por menor realizado en establecimientos no especializados
– Construcción especializada
– Otro comercio al por mayor
– Profesiones colegiadas
– Publicidad y organización de eventos
– Reparación de efectos personales
– Seguridad industrial
– Venta, mantenimiento y reparación de vehículos
Simplificación administrativa
La creación de la Ventanilla Única de la Directiva de Servicios obedece a la voluntad por parte de las Administraciones de impulsar la simplificación de los procedimientos y trámites para el establecimiento y la prestación de servicios. Por este motivo, todas las gestiones, exceptuando las inspecciones del lugar o el equipo que se utiliza en la prestación del servicio, se pueden realizar electrónicamente y a distancia a través de la Ventanilla, en www.eugo.es.
La Directiva de Servicios, en vigor desde finales de 2006, y en pleno proceso de transposición en España, tiene como objetivo alcanzar un auténtico mercado único de servicios en la UE a través de la eliminación de barreras legales y administrativas que actualmente limitan el desarrollo de actividades de servicios entre Estados miembros. Con ello se pretende, por tanto, reducir las cargas administrativas y otorgar mayor seguridad jurídica a aquellos que desean prestar un servicio, además de mejorar la calidad de esos servicios y proteger los derechos de los consumidores. Se trata de una norma de carácter horizontal, lo que significa que afecta a gran parte los sectores de servicios del mercado.
Para facilitar la libertad de establecimiento, la Directiva de Servicios prevé la prohibición de determinados requisitos jurídicos restrictivos que persisten en la legislación de determinados Estados miembros y que no pueden justificarse, como las exigencias de nacionalidad; y la obligación tanto de evaluar la compatibilidad de otros requisitos jurídicos y los regímenes de autorización, basándose en los principios de no discriminación y proporcionalidad, y de respetar determinados principios relativos a las condiciones y procedimientos de autorización aplicables a las actividades de servicios.
Asimismo, a fin de reforzar la libre prestación de servicios, la Directiva establece que los Estados miembros deben garantizar en su territorio el libre acceso a la actividad de servicios y su libre ejercicio.
Fuente: www.camaracantabria.com