La Justicia obliga al Ayuntamiento de Santander a rehacer las bases para promocionar a Intendente de la Policía Local

 La Justicia obliga al Ayuntamiento de Santander a rehacer las bases para promocionar a Intendente de la Policía Local

Una sentencia, tras un recurso presentado por CSIF Cantabria, considera que el proceso selectivo incumple la legalidad y exige incorporar una prueba de conocimientos, mayor objetividad y nuevas garantías de transparencia

1 de julio de 2026

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Santander ha estimado íntegramente el recurso presentado por CSIF Cantabria contra las bases del proceso de promoción interna para cubrir plazas de Intendente de la Policía Local de Santander, obligando al Ayuntamiento a modificar la convocatoria por no ajustarse a la normativa vigente.

La resolución judicial supone un importante respaldo a los planteamientos defendidos por los Servicios Jurídicos del sindicato, que habían impugnado las bases aprobadas mediante resolución de 13 de mayo de 2025 al considerar que vulneraban los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y transparencia que deben regir el acceso y la promoción en la función pública.

La sentencia declara nulas las bases octava y novena de la convocatoria al entender que la fase de oposición no cumplía las exigencias legales. En concreto, el tribunal considera insuficiente que la evaluación se basara exclusivamente en la elaboración y defensa de una memoria, sin contemplar una prueba específica que acreditara los conocimientos de los aspirantes para desempeñar el puesto de Intendente.

Como consecuencia del fallo, el Ayuntamiento de Santander deberá redactar nuevamente las bases del proceso selectivo e incorporar una prueba de conocimientos independiente de la memoria o de una entrevista personal, directamente relacionada con las funciones del puesto. Además, deberá establecer una puntuación claramente diferenciada para las fases de concurso y oposición, otorgando a esta última carácter eliminatorio y garantizando el anonimato de los aspirantes para preservar la objetividad e imparcialidad del procedimiento.

La resolución también da la razón a CSIF respecto a las advertencias realizadas durante la negociación de las bases en la Mesa General de Negociación, donde el sindicato ya había manifestado que la convocatoria no se ajustaba a la legislación aplicable ni a la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo en materia de procesos selectivos.

Otro de los aspectos destacados del fallo es la imposición de las costas procesales al Ayuntamiento de Santander, al haber sido estimadas en su totalidad las pretensiones formuladas por el sindicato.

Desde CSIF Cantabria han valorado la sentencia como un precedente de especial relevancia para garantizar que los procesos de selección y promoción en las administraciones públicas se desarrollen con plena transparencia, objetividad y sometimiento a la legalidad. El sindicato ha asegurado que continuará utilizando tanto la negociación como la vía judicial para defender los derechos de los empleados públicos y velar por el cumplimiento de los principios constitucionales que deben regir el acceso a la función pública.

El Cantabro

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