La Audiencia de Cantabria absuelve a un hombre que estaba acusado de ofrecer droga a una menor porque no hay certeza de que lo hiciera
- El relato de la chica no fue persistente y la familia la llevó al hospital cuando la vio mal, tres días después de que hubiera dormido en casa del acusado
La Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto a un hombre que venía siendo acusado de ofrecer drogas a una menor con la que pasó una noche.
En una sentencia recientemente notificada, la Sección Primera de la Audiencia considera que no hay certeza de que el acusado procediera de ese modo, y es que “no hay pruebas suficientes de la comisión del delito” contra la salud pública por el que fue juzgado el pasado 28 de junio.
El tribunal declara probado que la menor, de catorce años de edad y con una discapacidad intelectual, pasó una noche en casa del acusado.
Tres días después, la familia de la chica la llevó al hospital por su estado y la analítica de orina que le realizaron dio positivo en cocaína y marihuana.
Añade la sentencia que “no consta que el acusado hubiera tenido intervención en proporcionar dichas sustancias a la menor”.
La Audiencia llega a tal conclusión porque “no hay prueba incriminatoria suficiente y bastante para condenar” al acusado, y es que “no ha habido prueba inequívoca de que él fuera quien le proporcionó a la menor las drogas”.
En este sentido, explica que la declaración de la menor “no es suficiente”, ya que “no ha tenido la contundencia y persistencia que serían precisas para que pudiera constituir prueba de cargo”.
Su testimonio “adolece de falta de firmeza” porque “los datos que ha ido dando en sus sucesivas declaraciones han sido modificados de forma sucesiva”.
Además, “tiene falta de espontaneidad, siendo un relato lineal, sin ofrecer detalle ninguno, lo que raramente sucede en los casos en los que alguien ha experimentado un suceso vivencial como el que es objeto de esta causa”.
El hecho de que la menor sufra una discapacidad intelectual “podría haber implicado que fuera un testimonio un tanto infantil o ingenuo”, pero “no justifica en ningún caso que no fuera un relato mantenido, ni que no se dieran detalles concretos”.
Junto a ello, el tribunal ha tenido en cuenta que, tras dormir en casa del acusado, la siguiente noche la pasó en su propia vivienda y que un día después su padre la llevó al instituto.
Fue ese día por la noche cuando sus familiares la vieron “muy mal” y la llevaron al hospital, esto es, tres días después de haber estado en casa del acusado.
“Ninguna afectación observaron en ella” la noche siguiente a estar con el acusado, señala la sentencia, que añade que “hay muchas posibilidades de que la menor, quien ya tenía un patrón de consumo de drogas antiguo, se las hubiera procurado por otros medios”.
“Por tanto, prueba inequívoca de que fuera él quien le proporcionó la droga no la hay; hay una pluralidad de posibles conclusiones alternativas razonable que determinan que no quepa inferir de forma categórica que así fuera”, concluye la Audiencia.
Por todo ello, la Audiencia absuelve al acusado, si bien la sentencia no es firme pues cabe la interposición de un recurso de apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.